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Ministra Marianela Cifuentes condena a 10 años y un día de presidio a agentes de la DINA por secuestro calificado de vendedor.

La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, condenó a tres agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito consumado de secuestro calificado del vendedor de productos lácteos Rodolfo Marcial Núñez Benavides. Ilícito perpetrado a partir del 18 de mayo de 1976.

La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón, condenó a tres agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito consumado de secuestro calificado del vendedor de productos lácteos Rodolfo Marcial Núñez Benavides. Ilícito perpetrado a partir del 18 de mayo de 1976.

En el fallo (causa rol 11-2005), la ministra en visita condenó a Pedro Octavio Espinoza Bravo, teniente coronel de Ejército a la época de los hechos, Juan Hernán Morales Salgado, mayor de Ejército y Juvenal Alfonso Piña Garrido, cabo primero del Ejército a 10 años de presidio, en calidad de autores del delito, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas; más el pago de las costas del proceso.

En el aspecto civil, el fallo acogió la demanda interpuesta y condenó al fisco pagar una indemnización total de $160.000.000 por concepto de daño moral, a familiares de la víctima.

En la resolución, la ministra Cifuentes da por establecidos los siguientes hechos:

“1° Que, mediante el Decreto Ley N° 521, publicado en el Diario Oficial el 18 de junio de 1974, se creó la Dirección de Inteligencia Nacional, iniciándose a partir de esa fecha una fuerte etapa represiva en la que el gobierno persiguió y encarceló a miembros de los partidos políticos disueltos por el Decreto Ley N° 77, publicado en el Diario Oficial el 13 de octubre de 1973, entre ellos a los militantes y dirigentes del Partido Comunista.

2° Que el año 1976 la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) estaba a cargo del coronel de Ejército Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda –actualmente fallecido–, secundado por el director de Operaciones de dicho organismo, teniente coronel de Ejército Pedro Octavio Espinoza Bravo, quien tenía bajo su mando a todas las brigadas regionales, desde Arica a Punta Arenas, entre ellas, a la Brigada de Inteligencia Metropolitana (BIM), comandada por el teniente coronel de Ejército Carlos José Leonardo López Tapia –también fallecido–.

3° Que de la Brigada de Inteligencia Metropolitana dependía la Brigada Lautaro, a cargo del mayor de Ejército Juan Hernán Morales Salgado, unidad que ocupaba el cuartel ‘Simón Bolívar’, ubicado en la calle Simón Bolívar de la comuna de La Reina.

4° Que, asimismo, en la época de los hechos operaba un grupo de élite denominado ‘Delfín’, a cargo del capitán de Ejército Germán Barriga Muñoz y el teniente de Carabineros Ricardo Víctor Lawrence Mires –ambos fallecidos–, que fue creado con el propósito de perseguir y exterminar a la dirigencia del Partido Comunista, que trabajó en el centro de detención clandestino denominado ‘Villa Grimaldi’ y, luego, en el cuartel ‘Simón Bolívar’.

5° Que, en ese contexto, el día 18 de mayo de 1976, alrededor de las 15:00 horas, en avenida Departamental al llegar a avenida Ochagavía, agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional detuvieron sin derecho a Rodolfo Marcial Núñez Benavides, militante del Partido Comunista, quien viajaba junto a su hijo Rodolfo Francisco Núñez Moya en un station wagon marca Renault.

6° Que, ese mismo día, agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional allanaron el domicilio de Núñez Benavides, ubicado en calle Sergio Ceppi N° 0814 de la comuna de La Cisterna.

7° Que, inicialmente, los captores mantuvieron encerrado a Rodolfo Marcial Núñez Benavides en el centro de detención clandestino de la Dirección de Inteligencia Nacional denominado ‘Villa Grimaldi’, ubicado en avenida José Arrieta N° 8.200 de la comuna de Peñalolén, recinto a cargo del teniente coronel de Ejército Carlos José Leonardo López Tapia.

8° Que, con posterioridad, Rodolfo Núñez Benavides fue trasladado al centro de detención clandestino ‘Simón Bolívar’, situado en calle Simón Bolívar de la comuna de La Reina, recinto a cargo del mayor de Ejército Juan Hernán Morales Salgado, en el que operaba la agrupación ‘Delfín’, a cargo de los oficiales Barriga Muñoz y Lawrence Mires, siendo la última noticia que se tiene de su parte que fue trasladado por el cabo 1° del Ejército Juvenal Alfonso Piña Garrido, agente del grupo ‘Delfín’, a una dependencia del referido centro de detención que se ocupaba para torturar a los detenidos, desconociéndose desde entonces su paradero”.

Primera Instancia Ver fallo Primera Instancia 

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